Definición
Las acciones transversales son funciones indelegables del Estado, lideradas por la Nación y a través del Ministerio de Salud y Protección Social y su red de instituciones adscritas y mecanismos de gestión. Esta es representada en los territorios por la máxima autoridad departamental, distrital y municipal, cuyo propósito es garantizar el derecho a la salud y a la vida digna saludable. La gestión para el fortalecimiento institucional y de los servicios de salud promueve la corresponsabilidad de todos los sectores y actores para afectar positivamente los determinantes sociales y económicos de la salud, y propiciar condiciones de vida y desarrollo saludable y sostenible.
Se desarrolla a través del ejercicio de la planificación e integración de las acciones relacionadas con la producción social de la salud y con la promoción de la respuesta dentro y fuera del sector salud. Incluye la regulación, conducción, garantía del aseguramiento y provisión de los servicios, sostenibilidad financiera, fiscalización, movilización social y recursos y las acciones colectivas e individuales de salud pública que se definen en el Plan, al interior de las siete dimensiones prioritarias para la vida.
Objetivos
a) Disminuir el riesgo primario en la población, es decir, la aparición de nueva morbilidad, evidenciada por la disminución de la incidencia de los eventos.
b) Controlar el riesgo técnico, entendido como la disminución de los
eventos derivados de fallas de atención en los servicios de salud, y
de la mayor carga de enfermedad por mortalidad y discapacidad
evitable.
Componentes y estrategias
- Estrategia Atención Primaria en Salud
- Comunicaciones